Toda organización debe realizar los exámenes médicos a sus trabajadores, teniendo en cuenta la normatividad vigente y requisitos legales. En este blog explicaremos, cuáles son las preguntas más frecuentes acerca de los exámenes médicos ocupacionales.
1. Recordemos, ¿qué son los exámenes médicos ocupacionales?
De acuerdo con la Resolución 23446 del 11 de julio de 2007 del Ministerio de la Protección Social, las evaluaciones médicas ocupacionales son de carácter obligatoria, es un acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición. (MinTrabajo).
Es decir, tanto el empleador como el trabajador deben cooperar para obtener unos exámenes exitosos. Esto implica que los trabajadores tengan en cuenta lo siguiente:
– Brindar información clara y veraz al médico ocupacional
– Preguntar a su empleador cuáles son los requisitos
– Tener una actitud positiva y tiempo en la realización de los exámenes
2. ¿Quiénes realizan los exámenes médicos ocupacionales?
De acuerdo a la resolución del 2007 del Ministerio de la Protección Social, las evaluaciones médicas ocupacionales deben ser realizadas por médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional, con licencia vigente en salud ocupacional.
3. ¿Qué significa estos términos en los exámenes médicos ocupacionales?
– Paraclínicos: Exámenes complementarios al examen médico (exámenes de laboratorios, audiometrías, espirometrías, entre otros.). Tiene como propósito esclarecer diagnósticos y realizar seguimiento a patologías.
– Perfil del Cargo: Es la información con que cuenta el empleador acerca de las capacidades y condiciones físicas y mentales que debe tener un trabajador que va a desempeñar o se encuentra desempeñando determinado cargo o labor.
– Profesiograma: Matriz de exámenes médicos ocupacionales basados en las demandas y factores de riesgo ocupacionales a los que están expuestos los trabajadores.
– Reintegro Laboral: Consiste en la actividad de reincorporación del trabajador al desempeño de una actividad laboral, con o sin modificaciones, en condiciones de competitividad, seguridad y confort, después de una incapacidad temporal o ausentismo.
– Concepto sin restricciones para la ocupación: Concepto emitido por el médico laboral cuando no se presenta ningún hallazgo clínico en el examen médico ocupacional, que no implica dificultad para realizar la tarea.
– Concepto con restricciones permanentes: Concepto emitido por el médico laboral cuando la persona presenta una condición de salud, no obstante puede continuar con el desarrollo de su labor y/o actividad, siempre y cuando se atiendan las recomendaciones emitidas por el médico laboral/médico tratante para el desarrollo de su labor y/o actividad.
– Aplazado: Concepto emitido por el médico laboral cuando durante la consulta determine la necesidad de exámenes médicos o información adicional para poder realizar el examen nuevamente.
– Vigilancia de la salud en el trabajo o vigilancia epidemiológica de la salud en el trabajo: Comprende la recopilación, el análisis, la interpretación y la difusión continuada y sistemática de datos a efectos de la prevención. La vigilancia es indispensable para la planificación, ejecución y evaluación de los programas de seguridad y salud en el trabajo, el control de los trastornos y lesiones relacionadas con el trabajo y el ausentismo laboral por enfermedad, así como para la protección y promoción de la salud de los trabajadores. (Decreto 1072 de 2015 del Ministerio de Trabajo).
4. ¿Cómo es el proceso en los exámenes médicos ocupacionales?
Como anteriormente expresamos los exámenes médicos ocupacionales son de carácter obligatorio, es por eso que es importante conocer el proceso de ellos con Medilaboral.
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Para mayor información
– Decreto 1072 de 2015. Ministerio de Trabajo. Disponible en https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/0/DUR+Sector+Trabajo+Actualizado+a+15+de+abril++de+2016.pdf/a32b1dcf-7a4e-8a37-ac16-
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– Resolución 2346 de 2007. Ministerio de Trabajo. Disponible en https://www.ins.gov.co/Normatividad/Resoluciones/RESOLUCION%202346%20DE%202007.pdf